Instrucciones sobre impuesto específico que afecta a la renta operacional de la actividad minera obtenida por un explotador minero.
En el Diario Oficial de fecha 16 de junio de 2005, se publicó la Ley N° 20.026, la cual incorpora en la Ley sobre Impuesto a la Renta, un nuevo Título «TÍTULO IV BIS”, en el que se establece un impuesto específico que afecta a la actividad minera realizada por un explotador minero, contemplándose en el artículo 64 bis del referido título la forma en que se determinará y aplicará dicho tributo.
Además, la referida ley en los números siguientes de su artículo 1°, introduce algunas modificaciones a los artículos 31, 65, 84, 90, 93 y 94 de la Ley de la Renta, innovaciones que tienen por objeto adecuar o armonizar el texto de las referidas normas con el nuevo impuesto específico que afecta la actividad minera.
La presente Circular tiene por objeto dar a conocer el texto del nuevo título que se incorpora a la Ley de la Renta y el texto actualizado de aquellas otras disposiciones de la ley del ramo que se modifican, precisando al mismo tiempo la forma en que se determinará y aplicará el impuesto específico que se establece para la actividad minera y los alcances tributarios de aquellas normas que se modifican con motivo del gravamen antes mencionado.