Imparte instrucciones respecto de las normas permanentes y transitorias de la Ley N°18.985, relativas a los contribuyentes agricultores, mineros y transportistas.
La Ley N°18.985, de 1990, introdujo diversas modificaciones en la Ley de Impuesto a la Renta, entre las cuales se encuentra el régimen tributario por el cual los contribuyentes que se dedican a la actividad minera deben determinar sus rentas afectas a dicho impuesto.
La Circular N°63 imparte las instrucciones respecto de las modificaciones que afectan a contribuyentes agricultores, mineros y transportistas que tributan en base de renta efectiva determinada según contabilidad completa.